Comunidad de Madrid: Subvenciones para la rehabilitación edificatoria.Reforma tu edificio. SUBVENCIONES Y AYUDAS


Mar 25 de Abr del 2017

Se han hecho públicas por parte de la Comunidad de Madrid la ayudas para fomentar la Rehabilitación de edificios dotadas con un presupuesto de 14,1 millones de euros.


Objetivo de las subvenciones:

Son ayudas para la rehabilitación de edificios de de tipo residencial colectivo o comunitarios en la Comunidad de Madrid. Estas obras serán de mantenimiento o cambio de las instalaciones fijas y equipamientos propios, así como los elementos y espacios privativos que sean comunes, en edificaciones de tipo residencial colectiva anterior a 1981.

Las obras podrán consistir en :

  • Mejora de la envolvente térmica del edificio.
  • La instalación de sistemas energéticos eficientes o de energías renovables.
  • La mejora de la eficiencia energética en las instalaciones comunes.
  • El ahorro de agua.
  • La instalación de ascensores o salvaescaleras y aquellos elementos que beneficien lo relativo a la accesibilidad de personas con problemas de movilidad.

 

Quienes pueden acogerse:

Estas ayudas son para las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de vecinos o los propietarios únicos de un edificio. Con respecto a los edificios que sean integramente para el alquiler durante por lo menos 10 años (contando desde la recepción de la ayuda) también podrán ser beneficiarios.

En las viviendas, al menos el 70% de la superficie construida sobre rasante, deberá tener uso residencial, asimismo el 70% de estos pisos deben ser domicilio habitual.

Plazo para presentaciones:

El plazo para la solicitud de estas subvenciones es de sesenta días y se podrán presentar hasta el día 20 de junio del presente año inclusive.

Estas ayudas se enmarcan en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración de Renovación Urbana 2013-2016, a la que se le aplica una prórroga para el año 2017.

Importe de las subvenciones:

No podrá superar el importe de multiplicar 11 mil euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local ( 12.100 € cuando se refieran a edificios declarados de bienes de interés cultural, que estén catalogados o que cuenten con protección intergral).

Las cuantías máximas a conceder por edificio no podrá superar el 35% del coste subvencionable por la obra. Sin embargo, de excepcionalmente,  cuando se refiera a accesibilidad o la partida de obra referida a dicha accesibilidad, se podrá incrementar al 50% de la subvención o ayuda.

Órgano responsable:

Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras D.G. de Vivienda y Rehabilitación.

Para cualquier tipo de solicitud de presupuestos para dichas obras, como el asesoramiento o dirección por parte de técnicos, nuestros jefes de obra estarán encantados de colaborar con todos los solicitantes. Para más información pueden entrar en www.obrantia.com o llamar directamente a nuestra delegación de Madrid.

 

 

 

 

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