Subvenciones Plan Renove Instalaciones Eléctricas Comunes 2017 en Galicia. INTERÉS GENERAL


Lun 20 de Mar del 2017

Estas ayudas están destinadas a la renovación de instalaciones eléctricas comunes en edificios de viviendas, con el fin de mejorar sus condiciones de seguridad y favorecer la incorporación de medidas de eficiencia energética. Así se subvencionará la reforma de parte común de las instalaciones eléctricas de edificios de más de 25 años destinados principalmente a viviendas para adaptarlas al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión vigente y a sus Instrucciones Técnicas Complementarias.


Actuaciones y gastos subvencionables

Será subvencionable la reforma de las instalaciones eléctricas comunes de los edificios de más de 25 años destinados principalmente a viviendas para adaptarlas en su totalidad al Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y a sus Instrucciones Técnicas Complementarias.

Esto incluye la reforma de:

  • las instalaciones de enlace (desde la caja general de protección, o cajas generales de protección, incluidas éstas, hasta los cuadros generales de las instalaciones receptoras de los usuarios),
  • la toma de tierra,
  • el cuadro de servicios comunes,
  • las puertas RF
  • y las instalaciones correspondientes a los servicios generales del edificio.
  • la sustitución de pulsadores e interruptores convencionales por detectores de presencia
  • las pequeñas obras auxiliares de construcción necesarias para acometer la instalación, siempre y cuando venga detallado en la factura)

No son subvencionables

  • los contadores
  • las luminarias, lámparas o equipos que no formen parte de la instalación de alimentación eléctrica (ascensores, bombas, equipos de calor/frío, etc.).
  • los gastos relativos a actuaciones que ya hubiesen sido objeto de subvención en otras convocatorias de ayudas
  • los gastos y costes financieros que sean consecuencia de la inversión
  • los gastos realizados en bienes usados

Condiciones de las Subvenciones Plan Renove Instalaciones Eléctricas:

Con carácter general, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se consideran gastos subvencionables aquellos que de forma indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionable.

El IVA (impuesto sobre el valor añadido) será subvencionable para los particulares, entidades sin ánimo de lucro y administraciones públicas, para lo que será necesario realizar una declaración responsable (opción establecida en la solicitud-anexo IV) indicando que el objeto de la subvención no se dedica ni se adscribe a ninguna actividad empresarial o profesional o, en el caso de ser Administración pública, que no puede repercutir el IVA.

Los gastos subvencionables deberán estar realizados y efectivamente pagados entre el día siguiente de la reserva de fondos y el último día del plazo de justificación.

Las reformas de las instalaciones eléctricas que se realicen deben cumplir con las siguientes condiciones:

  • Realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Los edificios estarán destinados principalmente a viviendas y disponer de más de dos suministros destinados a esta finalidad.
  • Tratarse de instalaciones de titularidad de comunidades de propietarios o fincas de propiedad de particulares.
  • Las instalaciones deberán quedar adaptadas en su totalidad al Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión y sus ITC.
  • Los aparatos que sea preciso instalar deberán ser nuevos y cumplir con la legislación de aplicación (marcado CE, etc.).

Plazos

  • El plazo de presentación de solicitudes de adhesión de entidades colaboradoras comenzará el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y durará 10 días hábiles.
  • El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el 2 de mayo de 2017 y finalizará el 1 de septiembre de 2017.

Presentación de solicitudes

  • Las entidades colaboradoras para las Subvenciones Plan Renove Instalaciones Eléctricas comunes son las encargadas de tramitar el procedimiento (hacer la reserva de los fondos y presentar la solicitud, así como presentar la documentación justificativa de la actuación).
  • Las personas interesadas se dirigirán a una entidad colaboradora y aceptarán una instalación que cumpla los requisitos mínimos exigidos en el artículo 3 de estas bases.

Beneficiarios:

  • Las comunidades de propietarios o personas físicas propietarias de edificios de uso residencial con dos o más viviendas.

Cuantía

  • La dotación presupuestaria es de 800.000,00 euros.
  • La cuantía de la ayuda es de un máximo de 150 euros por contador, con un límite máximo de 3.000 euros por instalación.
  • La cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25 % del coste total de la instalación.

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