Reformas. Subvención para la mejora de la imagen, acondicionamiento y modernización de los establecimientos comerciales minoristas. SUBVENCIONES Y AYUDAS


Mar 20 de Jun del 2017

El plazo límite de la solicitud de esta ayuda podrá hacerse hasta el 17 de julio de 2017.


Mejorar la imagen, acondicionamiento y modernización de establicimientos comerciales minoristas para el año 2017.

Las actuaciones de estas ayudas incluyen:

- La modernización integra del local comercail incluida en un PROYECTO TÉCNICO:

  1. Las obras de reforma y acondicionamiento integral.
  2. Compra de mobiliario y equipamiento.
  3. Mejorar la fachada con inclusión de toldos, rótulis, cartel, etc.
  4. Servicios profesionales de elaboración y redacción de proyecto técnico.

-Renovar y mejorarla imagen comercial:

  1. Las obras de reforma

  2. La compra de mobiliario y equipamiento.

  3. Mejora de fachada: toldos, rótulos, etc.

-Contratar a un gestor de redes sociales:

  1. Este servicio se subvencionará a las actuaciones realizadas hasta la fecha límite que es el 17 de julio de 2017.

¿CUALES SON LAS BASES DE LA CONVOCATORIA? LAS SIGUIENTES:

OBJETO:

  • El objeto es mejorar la imagen, acondiconamiento y la modernización de establicimientos comerciales minoristas.

  • El procedimiento de concesiones se tramita en régimen de concurrencia competitiva.

  •  Son subvencionables los gastos que lógicamente respondan a la propia naturaleza de lo subvencionado.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

Las siguientes, siempre que sean realizadas y pagadas desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha límite de la justificación.

-PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN INTEGRAL DE UN LOCAL QUE ESTÉN INCLUIDOS EN UN PROYECTO TÉCNICO DE DECORACIÓN E INTERIORISMO. LOS GASTOS SUBVENCIONABLES SON:

  • Las obras de reforma y acondicionamiento integral de la superficie de exposición y venta del local comercial.
  • La compra de mobiliario y equipamiento especializado para la exposición del producto.
  • La mejora de fachada exterior con carteles, toldos, letreros.

      La inversión máxima subvencionable es de 30 mil € (IVA excluido) y la mínima, de 15 mil € (IVA excluido).

      El porcentaje de la subvención es de 50% de la inversión máxima subvencionable.

      La inversión máxima se podrá ampliar a 2 mil € para costes de servicios profesionales de elaboración y redacción del proyecto       técnico de interiorismo y decoración, siempre que no sea superior al 10% de la inversión total solicitada.

-PROYECTOS DE RENOVACIÓN Y MEJORA DE LA IMAGEN COMERCIAL, CUANDO IMPLICAN LA RENOVACIÓN CLARA Y DIRECTA DE LA IMAGEN DEL LOCAL. LOS GASTOS SUBVENCIONABLES SON:

  • Obras de reforma y acondicionamiento de la superficie de exposición y venta del local.
  • Compra de mobiliario que esté destinado a la mejora de la imagen comercial, así como equipamiento especializado para exponer productos.
  • Mejora de fachada con carteles, letreros, toldos, etc.

En este caso la inversión máxima subvencionada es de 60 € (sin IVA) por m2 de superficie, de 3 mil € (sin IVA), en el caso de que la superficie sea superior o igual a 50 m2. En los locales de menos de 50 m2 la inversión mínima subvencionable no podrá ser inferior a 1.500 € (sin IVA).

La inversión máxima para el conjunto de las actuaciones es de 9 mil € (sin IVA).

El porcentaje será de 40% de la inversión máxima subvencionable.

NO SE SUBVENCIONARÁ:

  • Las obras en zonas probadores, baños, oficinas, almacén y otras zonas que no sean de venta y exposición.
  • Las licencias, permisos o cuotas de los colegios profesionales  o cualquier impuesto.
  • La instalación de alarmas de seguridad.
  • La compra de materiales o elementos para realizar la obra el propio solicitante.
  • La compra de TV o cualquier reproductor de imagen o sonido.
  • Nunca el coste de la adquisición de los gastos subvencionables puede ser mayor al valor de mercado.

PODRÁN SER BENEFICIARIOS:

  • Personas físicas o jurídicas, ya sean públicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica, legalmente constituidas. Las condiciones son :
  • Que la actividad se desarrolle en Galicia.
  • Que siendo pyme, tenga menos de 10 empleados.
  • Que se desarrolle la actividad en una superficie igual o inferior a 150 m2.
  • No se podrá beneficiar de esta ayuda las empresas en crisis.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Del 16 de junio de 2017 a 17 de julio de 2017.

ENLACE DE INTERÉS:

ORDEN de 1 de junio de 2017 donde se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la mejora de imagen, acondicionamiento y modernización de establecimientos comerciales minoristas.

 

 

 

Imágenes